determinadas reclamaciones fiscales. En particular, el 
Grupo Telefónica es actualmente parte en determinados 
litigios fiscales abiertos en Perú por el impuesto de la 
renta de ejercicios anteriores, cuyo proceso contencioso-
administrativo se encuentra actualmente en marcha; y los 
procedimientos fiscales y regulatorios abiertos en Brasil, 
fundamentalmente en relación al ICMS (impuesto 
brasileño que grava los servicios de telecomunicaciones) 
y al Impuesto sobre Sociedades. 
En este sentido, a 31 de diciembre de 2021, Telefônica 
Brasil mantenía provisiones por contingencias tributarias 
por importe de 340 millones de euros y provisiones por 
contingencias regulatorias por importe de 314 millones de 
euros. Aunque el Grupo considera que sus estimaciones 
fiscales son razonables, si una autoridad tributaria no está 
de acuerdo, el Grupo podría enfrentarse a una 
responsabilidad fiscal adicional, incluyendo intereses y 
sanciones. No puede haber garantías de que el pago de 
dichos importes adicionales no tenga un efecto adverso 
importante en los negocios del Grupo, los resultados, la 
situación financiera y/o los flujos de caja. 
Un resultado adverso o un acuerdo extrajudicial de éstos 
u otros litigios o contenciosos, presentes o futuros, 
podrían representar un coste significativo y tener un 
efecto negativo material en los negocios, la situación 
financiera, los resultados o la generación de caja del 
Grupo.
El Grupo Telefónica está expuesto a riesgos en 
relación con el cumplimiento de la legislación 
contra la corrupción y los programas de 
sanciones económicas.  
El Grupo Telefónica debe cumplir con las leyes y 
reglamentos contra la corrupción de las jurisdicciones 
donde opera en el mundo y, en determinadas 
circunstancias, con leyes y reglamentos contra la 
corrupción con efecto extraterritorial, tales como la U.S. 
Foreign Corrupt Practices Act de 1977 (en adelante, 
FCPA) y el United Kingdom Bribery Act de 2010 (en 
adelante, Bribery Act). Las leyes contra la corrupción 
generalmente prohíben, entre otras conductas, ofrecer 
cualquier cosa de valor a funcionarios con el fin de 
obtener o mantener negocios o asegurar cualquier 
ventaja empresarial indebida o no mantener libros y 
registros precisos y registrar adecuadamente las 
transacciones. 
En este sentido, debido a la naturaleza de su actividad, el 
Grupo Telefónica ve incrementada su exposición a este 
riesgo, lo que acrecienta la probabilidad de ocurrencia del 
mismo ; en particular, cabe destacar la continua 
interacción con funcionarios y Administraciones Públicas 
en los frentes institucional y regulatorio (se trata de una 
actividad regulada en diferentes órdenes), operacional 
(en el despliegue de su red, está sujeta a la obtención de 
múltiples permisos de actividad) y comercial (presta 
servicios directa e indirectamente a las Administraciones 
Públicas). Más aún, Telefónica es una compañía 
multinacional sujeta a la autoridad de diferentes 
reguladores y al cumplimiento de diversas normativas, 
nacionales o extraterritoriales, civiles o penales, a veces 
con competencias compartidas, por lo que resulta muy 
difícil cuantificar los eventuales impactos de cualquier 
incumplimiento, teniendo en cuenta que en dicha 
cuantificación debe considerarse, no sólo la cuantía 
económica de las sanciones, sino también la potencial 
afectación negativa de las mismas al negocio, a la 
reputación y/o marca, e incluso, llegado el caso, a la 
capacidad para contratar con las Administraciones 
Públicas.
Adicionalmente, las operaciones del Grupo Telefónica 
pueden estar sujetas, o de alguna manera afectadas por 
programas de sanciones económicas y otras restricciones 
comerciales ('sanciones'), tales como aquellas 
gestionadas por las Naciones Unidas, la Unión Europea y 
los Estados Unidos, incluyendo la Oficina del 
Departamento del Tesoro de los Estados Unidos para el 
Control de Activos Extranjeros (U.S. Treasury 
Department’s Office of Foreign Assets Control OFAC). La 
normativa relativa a sanciones restringe las relaciones del 
Grupo con ciertos países, individuos y entidades 
sancionados. En este contexto, la prestación de servicios 
por parte de una multinacional de telecomunicaciones, 
como el Grupo Telefónica, de forma directa e indirecta, en 
múltiples países, requiere la aplicación de un alto grado 
de diligencia para prevenir la aplicación de sanciones 
(que pueden incluir programas de sanciones económicas 
a países, listas de entidades y personas sancionadas o 
sanciones a la exportación). Dada la naturaleza de su 
actividad, la exposición del Grupo Telefónica a dichas 
sanciones es especialmente destacable.
Aunque el Grupo cuenta con normativa interna y 
procedimientos establecidos para asegurar el 
cumplimiento de las leyes contra la corrupción y la 
normativa relativa a sanciones anteriormente 
mencionadas, no puede garantizar que esta normativa y 
procedimientos sean suficientes, o que los empleados, 
consejeros, directores, socios, agentes y proveedores de 
servicios del Grupo no actúen infringiendo la normativa y 
procedimientos del Grupo (o, igualmente, infringiendo las 
leyes pertinentes en materia de lucha contra la 
corrupción y sanciones), y por tanto el Grupo, sus filiales o 
dichas personas o entidades puedan en última instancia 
considerarse responsables. En este sentido, actualmente, 
el Grupo Telefónica coopera con autoridades 
gubernamentales (en su caso, conduciendo las 
investigaciones internas correspondientes) a propósito de 
solicitudes de información potencialmente relacionadas, 
de forma directa o indirecta, con posibles infracciones de 
las leyes contra la corrupción. Telefónica considera que 
cualquier potencial sanción en el marco de estas 
solicitudes específicas, no afectaría de forma material a la 
situación financiera del Grupo, considerando su tamaño.
No obstante lo anterior, el incumplimiento de las leyes 
contra la corrupción y sanciones podría dar lugar, no sólo 
a sanciones económicas sino también a la resolución de